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Consecuencias
 
Edición N° 11
 
Noviembre 2013 | #11 | Índice
 
La Orquídea
Por Camila Candioti [1]
 

Camila CandiotiUna orquídea es una especie vegetal de extraordinario encanto y peculiaridad, conocida desde la antigüedad. En China, Grecia, hasta los aztecas hacían uso de sus propiedades curativas y afrodisíacas. Pero fue en el siglo XVIII que se desató el furor en Europa, al lograrse la reproducción de un ejemplar exquisito en otro clima del original, lo que despertó el interés de los científicos y el atractivo de su cultivo en las clases aristocráticas.

C es una niña de apenas 5 años, que agenda una larga y triste historia. Cristal[2] como su nombre lo indica, al llegar al hospital por neumonía y detectarse allí los signos del abuso sexual padecido a los 3 años de edad, presentaba una fragilidad en su cuerpo y labilidad subjetiva extremos.

No sucedió del mismo modo con su hermana melliza. Esta última, nombrada por el deseo materno como Gloria, es una niña simpática, agraciada e inteligente. Empero, al momento de la internación de Cristal, su destino también cambia; es separada de sus padres e internada en un hospicio.

El equipo interdisciplinario interviniente en el caso considera tal indicación basada en las condiciones subjetivas de la niña y la presencia de sus dos hermanas mayores[3] en ese mismo hogar de niñas. Tal alojamiento, en el momento de la urgencia, podría ofrecer la mínima contención necesaria y la preservación del lazo familiar, ante la ausencia de otro dispositivo disponible (familia ampliada, familia sustituta o seguimiento ambulatorio de la familia).

Una vez atravesada la emergencia médica de la niña internada y establecidas las condiciones legales de la separación de los padres, Cristal es enviada a cuidados familiares sustitutos, en razón del requerimiento de los cuidados especiales que el traumatismo de su situación imponía.

La verdadera experiencia de separación para Gloria, no fue la salida de su casa, ni el ingreso a la institución, sino la distancia con su hermana melliza. Para Cristal, en cambio, el aprendizaje del control de esfínteres, las dificultades en el advenimiento del lenguaje y lo inaugural de la presencia de Otro no perverso, capturaron todos los esfuerzos subjetivos de la niña.

El tránsito de las niñas en cuidados alternativos –a los de su familia de origen– han ido tomando diversas aristas, no sin consecuencias para cada una de ellas. No obstante, aquello que ha permanecido invariante para ambas, es el deseo de estar juntas. Al punto la necesidad de encuentros semanales, a cargo de los profesionales intervinientes, ante lo desgarrador de las despedidas y la insistencia de las niñas; G dice cantando al ir hacia su hermana: "¡hoy encontramos un encuentro!". C la mayoría de las veces nombra a Gloria por el lazo: "¡Hermana! ¡Hola Hermana!"

Pasados dos años del alejamiento de los padres y ante la comprobada imposibilidad del retorno, se resuelve administrativa y judicialmente la resolución de la adopción.

Cristal, al modo de la orquídea, presenta una subjetividad absolutamente delicada, con patrones de crecimiento singularísimos y condiciones climáticas específicas para su desarrollo. Una vez establecidas éstas, es menester seguirlas, de modo contrario, es altamente probable que la orquídea perezca.

El interrogante que presenta el caso, al momento, es por el destino de las mellizas, en particular de Cristal, en tanto que, al calcular los efectos de la separación del matrimonio que la ha sabido alojar transitoriamente, desde hace dos años, el pronóstico es reservado.

Los dos años que la niña ha permanecido en el seno del matrimonio han sido sustanciales, tanto por su corta edad como por el estado de precariedad en que llega la niña. Existiendo reciprocidad en el deseo de continuar juntos, la niña y el matrimonio.

Por otra parte, las coordenadas de la pareja que ha sabido reparar el daño real en la niña, es una mujer de 33 años que no tiene hijos –sin impedimentos físicos para ello– y un hombre de 70 años, con las dificultades de salud propios de la edad.

Si bien en el presente el anudamiento funciona, ¿cómo serán abordadas las vicisitudes que se encuentran en el horizonte cercano y/o coincidente con el florecimiento fantasmático?

¿Podrá Cristal generar un nuevo lazo si el deseo de la pareja es conservar el estatuto de hija? ¿Lo fundante de este lazo actual indica la continuidad del mismo o la posibilidad de un nuevo porvenir? ¿Cómo atravesar esta delicada tramitación en el campo de lo público y la justicia?

Entretanto, durante el tiempo de institucionalización, Gloria ha construido un lazo de afecto con una familia colaboradora de la institución, con quien pasa los fines de semana, también las vacaciones de verano e invierno.

Mientras la niña consiente a ir con aquellos, es clara la iniciativa de los adultos para con ella.

Desde el momento en que este matrimonio (que ya tiene hijos) –la conoce en una celebración– reclaman la univocidad del vínculo.

La exclusividad con un niño, desde el principio del contacto es un hecho que va en contra del marco de las familias colaboradoras, en el que se pauta el contacto con varios niños.

No obstante, éste no es el único recurso utilizado por el matrimonio en pos de la ganancia de la niña, han ido especulando por los diversos organismos públicos y privados, durante los dos años de la niña a cargo del estado, al punto de haber iniciado un pedido de guarda judicial en su favor y correlativamente, anotarse en el Registro de Adoptantes, únicamente por Gloria. A partir de ese acto, queda confirmada la incompatibilidad múltiple en la que incurre el matrimonio al desempeñar varias funciones correlativas respecto del caso; a saber: siendo miembros de la comisión directiva (empleadores) de la institución que aloja a la niña, vice directora y familia colaboradora, simultáneamente.

¿Gloria solicita la familia colaboradora como salida institucional o en razón de un lazo singular que ha estrechado con ellos? ¿La niña es hablada por los adultos o ya ha tomado su decisión? ¿Qué lugar para Gloria en ese matrimonio? ¿Fruto de la contingencia del encuentro u objeto de la selección? ¿Se trata del síntoma de la pareja o responde a una elección identificatoria? ¿Cómo transmitir la ley simbólica a un niño, si los adultos se sitúan por fuera de ella?[4] ¿De qué habla una sustitución de esta naturaleza, avasallante e imperativa? ¿Qué niño se perdió y pretende recuperar por esta vía y a cualquier costo?

Sin extremar demasiado los recaudos, podría pensarse que las dos niñas funcionan con los lazos establecidos. Ambas consienten a los mismos y los adultos acuerdan en que cada niña continúe con ellos. Sin embargo, la singularidad del lazo entre las mellizas, tan importante para ellas, se vería impedido dada la mala relación existente entre los matrimonios.

La prematurez humana requiere del Otro, que vehiculice la inmersión en el lenguaje. La prioridad de las funciones materna y paterna, ubican el lazo fraterno como subrogado. Sin embargo, el lazo familiar se define de múltiples maneras, más aún en la actualidad. La parentalidad ha tomado el relevo de la paternidad y los nuevos modos de filiación son la consecuencia lógica de la híper modernidad. ¿Podríamos pensar que este es un caso de "los nuevos" dónde el lazo hermandad ha tomado el relevo de la parentalidad?

¿Caben a las mellizas las generalidades de la ley de adopción o los avatares de su historia y el testimonio de su lazo, nos lleva a pensar en la preponderancia de la convivencia? ¿Podrá haber un Otro encarnado que, conociéndolas a un tiempo, haga lugar a la particularidad de cada niña, sin recurrir a los pares de oposición (capacidad/incapacidad, destreza/torpeza)?

Si bien la decisión final le corresponde a la justicia, tal circunstancia no desliga la responsabilidad del practicante ni elude el debate ético que el caso representa. La decisión del juez, fuera de eximir al analista de responder ante los interrogantes de la época; por el contrario, es llamado a localizar el decir del niño, ubicar su deseo y abogar por su plena singularidad.

Este caso, resulta muy interesante a la hora de interrogar la familia. El deseo de las niñas indica una marca común en lalengua, pero, sin embargo la sustitución de la necesidad por el significante ha transcurrido por caminos diferentes en cada una de ellas. Entonces: ¿Quién es el representante de lo familiar? ¿Los padres, lo original y originario de la relación de hermandad, las familias sustitutas? La respuesta es para cada una y para las dos… ¿qué decidirá la justicia?

 
Notas
  1. Camila Candioti es Psicoanalista, Miembro de la EOL Sección Santa Fe y de la AMP.
  2. Cristal y Gloria son nombres ficticios, en analogía al significante que marca un lugar en el Deseo de la Madre para cada una de ellas.
  3. En la institución se encuentran alojadas, desde dos años antes, las dos hermanas mayores, una de 7 años y otra de 9 años, a causa de la negligencia y el maltrato familiar.
  4. "Sabemos, desde la teoría psicoanalítica, de los serios efectos que la filiación de un padre engendra sobre un sujeto cuándo el primero no se somete a la ley simbólica, sino que se transforma él mismo en el que la profiere y actúa como si él mismo fuera la ley, en lugar de representarla. Es esperable, entonces, que quién puede apropiarse del origen y de la historia de otro, tenga serias dificultades para poner en juego las funciones de la paternidad eficaz". En: Gómez, M., Degiorgi, G., Jaime Basile, E., Visintin, C., Identidad y nombre propio. Del estado de excepción al sujeto de la verdad. Fundamentos teóricos y perspectivas éticas en el caso de los menores (des)aparecidos en la Argentina, Universitas, Córdoba, 2010.
 
 
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